PRENATAL
Este trámite es OBLIGATORIO para todas las agentes embarazadas que trabajen en la administración pública provincial (cuya relación laboral se rige por el Estatuto del Empleado Público – Ley Nº 5473) y para las docentes embarazadas (cuya relación laboral se rige por el Estatuto del Docente – Ley Nº 3470).
Debe ser realizado al completarse las 12 (doce) semanas de embarazo más o menos, en forma personal, salvo que la agente se encuentre de licencia médica con indicación de reposo absoluto. En este caso puede ser realizado por un tercero que debe aportar los requisitos solicitados en cada caso.
También existe la posibilidad que la embarazada no trabaje para el Estado, pero su esposo es un agente público y quiere cobrar el prenatal, en cuyo caso debe realizar el trámite personalmente en el Se.S.O.P.
En cualquier caso, Ud. deberá presentarse en la unidad operativa del Se.S.O.P que le corresponda de acuerdo a su domicilio (Unidades Operativas) con la siguiente documentación:
Debe ser realizado al completarse las 12 (doce) semanas de embarazo más o menos, en forma personal, salvo que la agente se encuentre de licencia médica con indicación de reposo absoluto. En este caso puede ser realizado por un tercero que debe aportar los requisitos solicitados en cada caso.
También existe la posibilidad que la embarazada no trabaje para el Estado, pero su esposo es un agente público y quiere cobrar el prenatal, en cuyo caso debe realizar el trámite personalmente en el Se.S.O.P.
En cualquier caso, Ud. deberá presentarse en la unidad operativa del Se.S.O.P que le corresponda de acuerdo a su domicilio (Unidades Operativas) con la siguiente documentación:
REQUISITOS:
• Documento Nacional de Identidad
• Última boleta de sueldo
• Original y copia del Certificado Médico del especialista donde conste FPP (fecha probable de parto)
• Original y copia de la ecografía realizada a las 12 semanas de gestación (más o menos)